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Carta al Banco Mundial por el Centro de Derechos Económicos y Sociales (CDES), Ecuador

Mayo de 2001



Quito, 16 de mayo, 2001

Sr. James Wolfenson
Presidente, Banco Mundial
Washington D.C.

Sr. Presidente:

Entre el 23 y 25 de mayo en Cartagena de Indias, el Banco realizara la  Reunion Tripartita del Proyecto Poblacion, Energia y Ambiente (PEA). Dentro de la agenda se preve la presentacion de la Politica Operacional para Pueblos Indigenas 4.10, entendemos que motivada por la presencia de organizaciones indigenas de la Cuenca Amazonica, las cuales estan participando en el PEA.

A las organizaciones abajo firmantes nos parece importante que se realice esta presentacion, sin embargo, esperamos que el Banco no considere a esta como el espacio de consulta mas apropiado. Creemos que, por la importancia del tema, la consulta debe realizarse con base en un proceso que garantice la mas amplia participacion de los pueblos indigenas y ONGs vinculadas al tema, condicion que no se cumple en la reunion del PEA.

Sugerimos que se organicen Foros Nacionales de Consulta sobre la Politica 4.10, los cuales deberian realizarse con la suficiente informacion, preparacion y definicion de mecanismos que garanticen la participacion que demandamos. Ademas, sera clave conocer el proceso desde la consulta hasta la aprobacion de esa politica, como la manera en la que se llevara a cabo la devolucion e inclusion de los aporte de las organizaciones indigenas y de la sociedad civil en general.

Adjunto encontrará nuestro primer analisis de la PO 4.10 el que ponemos a su consideracion; el cual lo llevaremos a la Reunion mencionada.

En espera de su respuesta.

Jorge Acosta, CDES

c.c. Sr. Eleodoro Mayorga-Alba, Lider del Proyecto, Banco Mundial, Washington, DC
Sa. Isabel Guerrero, Representante de Ecuador ante la Junta Directiva del BM, Washington DC
Sr. McDonald Benjamin, Representante del Banco Mundial en Ecuador
Sa. Pilar Larreamendy, Especialista en Desarrollo Social de Banco Mundial, Ecuador
OLADE. Rep. Ecuador
Sr. Antonio Jacaminajoy, Presidente de COICA, Ecuador

Análisis de Centro de Derechos Económicos y Sociales –CDES- del Borrador
de la Política Operacional 4.10 sobre Pueblos Indígenas

ANALISIS DE LA POLITICA OPERACIONAL OD 4.10 DE PUEBLOS INDIGENAS Y LOS PROCEDIMIENTOS DEL BANCO AD HOC (Versión marzo 23, 2001)

OBSERVACIONES

RECOMENDACIONES

·         Rol BM: El rol de Banco Mundial en el cumplimiento de esta Política es débil poniendo la mayor responsabilidad en los Prestatarios.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

·         La política excluye a los pueblos indígenas de los Acuerdos del proyecto, los que se negocian entre el Banco Mundial y el Prestatario.

·         La PO 4.10 debe ser una condicionalidad que el BM ponga a sus préstamos y proyectos que se ejecutan con su financiamiento. El BM no debe esperar pasivamente a que los Prestatarios le presenten los resultados de los documentos requeridos bajo la Política o Procedimientos.

·         El BM debe ser corresponsable de que los estudios y consultas sean realizados con profesionales, individuos u ONGs, expertas e independientes en los diversos temas, que además sean reconocidos por las organizaciones indígenas.

·         Específicamente el Punto 21 de la PO que hace referencia al respeto del “conocimiento y cultura indígenas”, el BM debe incluirlo como otra condicionalidad, al igual que los derechos de propiedad intelectual indígenas. No dejarlo como una opción sino como una obligación, conforme lo establecen instrumentos internacionales como el Convenio 169 OIT o el Convenio sobre Diversidad Biológica.

·         Se debe involucrar a representantes indígenas en los negociaciones entre el Banco Mundial y el Cliente cuando los proyectos involucren tierras y territorios indígenas.

·         Parques Y Areas Protegidas: no es claro el planteamiento en 2 aspectos: el tipo de proyectos que el Banco asistirá en estas áreas y que actores se involucran en el manejo sostenible de los recursos.

·         Se debe respetar las categorías de manejo de las áreas protegidas, que prohíben actividades comerciales y/o extractivas, con las excepciones hechas para los pueblos indígenas.

·         Que se reconozca explícitamente que son los PI los que tienen derecho al uso sustentable de los recursos naturales de las áreas protegidas según lo establecido en convenios internacionales.

·         Concepto de Pueblos Indígenas: La PO 4.10 menciona el concepto de pueblos indígenas el que nos remite a varios problemas como: no considera a la auto-identificación como uno de los criterios para ser reconocido como PI  o minoría étnica; se excluye al Pueblo Rom; menciona como criterio para ser PI el tener un sistema económico basado en la subsistencia que es cuestionable, así como el del abandono de las comunidades de origen.

·         Se debe discutir el concepto de PI con mayor profundidad y con los mismos pueblos, considerando la definición que se está discutiendo en la Comisión de Pueblos Indígenas de la Organización de los Estados Americanos y del Grupo de Trabajo de las Naciones Unidas.

·         Reconocer el criterio de autoidentificacion.

·         Discutir sobre temas como la emigración temporal.

·         La PO 4.10 no se aplica a los Programas de Ajuste Estructural y otros que se refieren a la Empresa Privada.

·         La PO 4.10 debe aplicarse todos los proyectos y actividades en las que el Grupo del BM financie. Por ejemplo, la Corporación Financiera Internacional, los Programas de Ajuste, etc.

·         Derecho a territorio: No plantea ningún requisito para que los países prestatarios aseguren a los pueblos indígenas el derecho a su territorio y a sus recursos naturales. Tema que si trata la OD 4.20.

·          Se debe mantener la sección (c) Tenencia de Tierra, Componente del contenido en el Plan de Desarrollo de Pueblos Indígenas de la OD 4.20, que dice: “Cuando...asegurar el reconocimiento legal del sistema tradicional e tenencia de la tierra...plan que podrían requerir títulos reconocidos de tierras.”

·         Incluir un párrafo sobre el derecho de los pueblos indígenas a no ser reasentados involuntariamente. Se debe ligar expresamente esta OP 4.10 a políticas como la de Reasentamiento Involuntario 4.12.

·         Plan de Desarrollo para PI: No existe un Plan de Desarrollo para los Pueblos Indígenas que si considera la OD 4.20. Este Plan ha sido cambiado por la  Evaluación Social (ES)  y el IPP.

·         Que el Banco haga una Evaluación Social, y que reemplace el IPP por el Plan Desarrollo de Pueblos Indígenas tomando como referencia lo establecido en la OD 4.20 que se aplicará a todos los proyectos.

·         Información, Consulta y Participación: Es impreciso lo que se entiende por Consulta y por Participación.

·         Los pueblos indígenas no tienen mecanismos de participación en la toma de decisiones sobre la factibilidad e implementación de un proyecto. Se asume que todos serán involucrados y participarán en el proyecto sin posibilidad de rechazarlo.

·         No menciona la situación que enfrentarían grupos aislados que puedan ser afectados negativamente por el proyecto.

 

·         No hay un requisito para establecer un calendario de consulta.

 

 

 

·         El tema sobre que tipo de información será presentada a los PI es muy general, dice que harán las consultas con el “conocimiento de causa” y que brindará información relevante.

 

·         Lo “apropiado culturalmente” es vago.

 

 

 

 

 

 

·         El  párrafo bajo el Título: Tierras y Otros Recursos, la Sección “Uso Comercial de la Tierra y de los Recursos” no es clara en cuanto a la explotación de recursos naturales renovables o no renovables. Sus referencias a la participación y toma de decisiones de los pueblos indígenas para estos tipos de proyectos es muy débil.

 

 

·         Documento: Procedimientos del Banco PI. Bajo la Preparación del Proyecto, en lo que se refiere a la consulta, dice que puede ser previa o como parte de una evaluación social, la cual se haría cuando los impactos sean previstos. Esto es ambiguo.

·         La OP 4.10 debe precisar la diferencia entre Consulta y Participación y los momentos en los que los PI actuarán.

·         Incluir bajo Título I, Sección: Requerimientos de la Política, acápite 9, párrafo: “El Prestatario tomará ...las preferencias de los pueblos indígenas a la hora de decidir seguir adelante [O NO] con el proyecto y...”

 

·         Incluir un párrafo que mencione este caso. Ver OD 4.20

 

 

·         Debe presentarse un calendario de consulta con base en el Ciclo de Proyecto, es decir que incluya la consulta y participación desde la etapa de Identificación hasta la Evaluación Final.

·         La PO 4.10 debe incluir una lista de la información mínima que se presente durante las consultas, la que incorporara el PID, PAD, EA, ES, IPP (o IPDP), estudios de factibilidad, etc.

 

·         La PO 4.10 identifique mecanismos de una consulta apropiada culturalmente. Esto puede incluir idioma nativo, hacer la consulta en los territorios indígenas, presentar información con ayudas visuales, considerar el tiempo de los diversos actores (mujeres, ancianos).

 

·         Los PI deben ser consultados para la elaboración de la Estrategia de Ayuda del País, especialmente cuando se trata del Sector Energético.

·         Los Pueblos Indígenas deberán ser consultados desde la etapa de identificación del proyecto.

·         Los Pueblos indígenas deben tener el derecho de rechazar un proyecto que implica la explotación de recursos no renovables en sus territorios.

 

·         Se reconocerá el derecho a la consulta informada previa para todos los proyectos, requieran estos o no una Evaluación Social.

 

 

 

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