Sanema boy, Upper Erebato, South  Venezuela

home who we are what we do Forest Peoples Project
latest news publications and reports links donate to our charity

Declaración de los Pueblos Indígenas
al Foro de la ONU para Cuestiones Indígenas acerca de
la revisión de la política operativa del Banco Mundial sobre Pueblos Indígenas (DO 4.20)
Foro Permanente sobre las Cuestiones Indígenas
Segunda Sesión, Martes, Mayo 20, 2003
Punto 4(d), Derechos Humanos

Re: Banco Mundial y Derechos Humanos

Apoyado por Dewan Adata Papua, ARADIKES – Costa Rica; Tetebba Foundation, Centro de Recursos Jurídicos para los Pueblos Indígenas, Saami Council, IPACC (Africa), Tamaynut (Morroco), Alianza Mundial de Pueblos Indígenas y tribales de los Bosques Tropicales, la Alianza Amazonica, y el Asian Indigenous and Tribal Peoples Network

Presentado por: Viktor Kaisepo, Co-Presidente Indigena de la Mesa Redonda
del Banco Mundial del octubre, 2002

El Foro Permanente:

1)      Recomienda al Banco Mundial auspiciar una mesa redonda legal con la asistencia y participación de los pueblos indígenas, la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos del ONU, y miembros del Foro Permanente, para examinar las obligaciones del Banco frente al derecho internacional de derechos humanos, particularmente la evolución de la jurisprudencia sobre los derechos colectivos de los pueblos indígenas.

2)      Recomienda al Banco Mundial considerar los resultados de la mesa redonda en la revisión final de la política indígena.

3)      Recomienda al Banco Mundial hacer pública la última revisón de la política con un mínimo de 90 días antes de someterla a su junta directiva, junto con una explicación de los cambios que se han hecho y no han hecho como resultado de las propuestas que fueron presentadas por representantes indígenas durante la mesa redonda legal propuesta, la mesa redonda de octubre 2002 y los años de consultas con los pueblos indígenas.

4)      Aconseja fuertemente que el Banco Mundial no adelante la política revisada hacia la junta directiva para su adopción hasta que la política respete completemente los derechos de los pueblos indígenas afirmados por la ley internacional, incluyendo: los derechos colectivos de los pueblos indígenas a sus tierras y territorios; el derecho de ser libre de ser sujeto a reclutamiento involuntario; el derecho a consentimiento libre, previo e informado; el derecho de auto-identificación, y el derecho a medidas para mitigar impactos adversos.

5)      Recomienda al Banco Mundial, en consulta con pueblos indígenas, establezca un mecanismo permanente para dialogar con pueblos indígenas sobre la implementación de su política indígena, y la planificación y la implementación de los proyectos del Banco.


Estimados miembros del Foro Permanente, el Secretariado, miembros estatales, delegados de las agencias, hermanas y hermanos indígenas. Juntos las naciones y organizaciones indígenas del mundo quienes colaboraron en este documento queremos presentar nuestra preocupación sobre la falta continua del Banco Mundial de reconocimiento de su obligación a respetar y cumplir con los derechos indígenas establecidos en el derecho internacional.  Por lo tanto, el Banco sigue excluyendo la participación indígena en el desarrollo y la implementación de los proyectos del Banco, siguen sufriendo los impactos ireversibles de dichos proyectos y no están recibiendo los beneficios culturalmente apropiados de los proyectos llevados en sus territorios.

Sr. Presidente, los pueblos indígenas reconocen los avances recientes dentro del Banco con referencia a los pueblos indígenas.  Apreciamos las presentaciones del Sr. Ian Johnson ante del Foro Permanente y en la reunión informativa con él la semana pasada.  Apreciamos también los esfuerzos durante los últimos años para hablar con pueblos indígenas sobre la revisión de su política indígena – incluyendo la mesa redonda de alto nivel que tuvo lugar en octubre 2002 entre el banco y representantes indígenas del mundo previamente seleccionados. Aportamos la continuación de estos diálogos para mejorar la participación indígena en las actividades del Banco y la armonización del trabajo del Banco con las aspiraciones y derechos de los pueblos indígenas

Estos diálogos no han resultado en un reconocimiento por el Banco Mundial de sus obligaciones frente a la ley internacional.  Por ejemplo, durante la mesa redonda con representantes indígenas uno de los abogados del Banco mencionó varias justificaciones para la falta de incorporación de lenguage más fuerte en la revisión de la política.  El abogado, refiriéndose a los artículos de incorporación del Banco, dijo “el Banco no puede intervenir en los asuntos políticos de los países. Derechos civiles y derechos humanos están en la categoría de derechos políticos en que el Banco no puede intervenir.” Este mismo abogado dijo que el Banco no está controlado por los convenios internacionales por que no es un signatario.

Sr. Presidente, estas posiciones del Banco ya no más son suficientes dada la realidad existente de las prácticas del banco, su creación y estructura, y su lugar en el sistema dentro de las Naciones Unidas y la comunidad internacional. El Banco ya no más puede invocar los artículos de incorporación como pretexto para no tratar los derechos civiles y y políticos de los pueblos indígenas por que contradice las prácticas del mismo banco. En los últimos años el Banco ha progresado en adelantar los derechos humanos, incluyendo los derechos laborales de niños, y el derecho de la mujer de ser libre de discriminacion.   

Sin restricciones de sus artículos de incorporación, a través de los años el Banco ha hecho progreso notable en el adelanto de los derechos humanos, inclusive, pero no limitado a, los derechos laborales de los niños y el derecho de la mujer de ser libre de discriminación. Ambos de estos derechos son de una naturaleza política y civil y ambos derechos faltan a las protecciones debajo de las leyes domésticas de algunos países no obstante su claro reconocimiento y protección debajo de la ley internacional. Aún, el Banco ha jugado un rol de liderazgo en asegurar que tales derechos sean completamente respetados en el desarrollo e implementación de sus proyectos. Los derechos de los pueblos indígenas no se debe tratar de una manera diferente.

Para responder al argumento del Banco que las leyes internacionales no son vinculantes sobre el Banco, tenemos que recordar que el Banco es una creación de los estados. Los estados son los miembros, donantes, beneficiarios y los que gestionan el Banco; y los estados son obligados a cumplir con las leyes internacionales de derechos humanos.  Los estados no pueden crear una instancia (en este caso el Banco Mundial) que sea libre de las obligaciones de las leyes internacionales que los estados mismos tienen que respetar.  Permitir tal acto minaría la relevancia y eficacia de la ley internacional.  Sr. Presidente, el Banco no es una institución autónoma que existe fuera de las leyes  internacionales. Nadie ha implicado que el Banco tiene la autoridad para ratificar convenciones internacionales, declaraciones o resoluciones. Sin embargo, no es porque el Banco no ha servido como un tribunal internacional de derechos humanos o una agencia de cumplimiento de ley, que los pueblos indígenas están profundamente preocupados; sino es la complicidad del Banco mismo en las violaciones de derechos humanos. Los pueblos indígenas están sumamente consternados por la falta del Banco del respeto y de la protección de los derechos más fundamentales en sus proyectos actuales y en sus procesos de revisión de la política indígena del Banco.

Señor Presidente, como he sugerido, este tema del cumplimiento del Banco con las leyes internacionales ha desempeñado un rol clave en las discusiones continuas que acompañan la revisión actual del Banco de la política indígena actualmente en vigencia. Este proceso de revisión empezó en 1999, y desde su inicio los pueblos indígenas han expresado sus preocupaciones, tanto sobre la manera en que las consultas han sido realizadas, como sobre el hecho de que el borrador no respeta ni refleja de manera adecuada los derechos de los pueblos indígenas de acuerdo a las leyes internacionales. La política revisada actualmente no contiene el apoyo amplio de los pueblos indígena debido a que no proteje ni reconoce de manera adecuada muchos derechos claves, incluyendo pero no limitado a: los derechos colectivos de los pueblos indígenas a sus tierras y territorios; el derecho de ser libre de ser sujeto a reclutamiento involuntario; el derecho a consentimiento libre, previo e informado; el derecho de auto-identificación, y el derecho a medidas para mitigar impactos adversos. Una política que no responde de manera adecuada a estos temas no debe ser enviado a la junta directiva para adopción.

En la discusión de la mesa redonda con el Banco de octubre del 2002, los representantes de los pueblos indígenas subrayaron problemas con la política revisada, sugerieron revisiones, y animaron al Banco a examinar aún más el tema de las responsibilidades con respeto a la ley internacional. Como resultado de esta reunión, el Banco se compretió a asegurar que la nueva versión este disponible a los pueblos indígenas antes de su entrega a la junta directiva y con una explicación de aquellos cambios que se hizo, y los que no se hizo. En esta reunión el Banco también expresó su diponibilidad a auspiciar una mesa redonda legal y explorar aún más las responsibilidades del Banco con respeto a las leyes internacionales.

Con esto en mente, y para las razones arriba mencionadas, quisieramos pedir que el Foro Permanente haga las siguientes recomendaciones al ECOSOC en su informe:

(vea al listado de recomendaciones al inicio de esta intervención).

Estas son nuestras recomendaciones Sr. Presidente. Confiamos que con el apoyo del Foro Permanente, los pueblos indígenas, juntos con el personal del Banco, pueden sobrepasar estos temas en el futuro y establecer una continúa relación de trabajo que beneficiará tanto a los pueblos indígenas como a todos los pueblos del mundo. *  

Untitled Document