Noviembre de 2006
CONSIDERANDO que la Cuencadel río
Caura constituye una de las áreas boscosas más ricas e importantes del
planeta por su megadiversidad biológica, su diversidad cultural, su
alta producción hídrica, hermosos paisajes naturales y otros servicios
ambientales prestados a la humanidad.
CONSIDERANDO que la Cuenca del Caura es una de las últimas cuencas
en gran parte prístinas del mundo tropical, con 5 millones de hectáreas,
lo cual le confiere un altísimo valor como laboratorio natural.
CONSIDERANDO que la Cuenca del Caura por su cobertura boscosa y estado
prístino presta servicios ambientales contra el calentamiento global
al producir 1,4 billones de toneladas estimados de biomasa equivalentes
a más de 700 millones de toneladas de carbono. Su deforestación emitiría
enormes cantidades de carbono que acelerarían el proceso de cambio
climático global, aspecto fundamental en el marco de las negociaciones
del protocolo de Kyoto.
CONSIDERANDO que la Cuenca del Caura tiene bellezas escénicas incomparables.
CONSIDERANDO que la Cuenca del Caura posee más de 2.600 especies de plantas
vasculares y sostienen el 17% de la diversidad vegetal de Venezuela
y el 28% de la diversidad vegetal de Guayana y que, de las plantas
endémicas registradas para la Guyana , el Caura posee 88,3%.
CONSIDERANDO
que el Caura posee comunidades de animales terrestres muy diversas incluyendo
168 especies de mamíferos, 475 especies de aves, 34 especies de anfibios y
53 especies de reptiles que colectivamente contienen una tercera de las especies
animales registradas en Venezuela y más de mitad de las especies de la Guyana Venezolana.
CONSIDERANDO
que las comunidades acuáticas de la cuenca del Río Caura son también extraordinariamente
diversas con 441 especies de peces que han sido registrados hasta ahora.
De éstos, 13 son especies endémicas de Venezuela y 251 están restringidas
a la Guyana venezolana y 35 en peligro de extinción. Han sido registrado, además, 240
especies de invertebrados de las cuáles 110 son insectos acuáticos con un
género nuevo para la ciencia
CONSIDERANDO que la Cuenca del Caura posee una de las mas grandes extensiones
neotropicales de bosques ribereños, los cuales regulan las características
físicas y químicas de los ecosistemas acuáticos adyacentes y del ciclo
hidrológico regional.
CONSIDERANDO que las poblaciones indígenas tradicionales de la cuenca,
Ye’kwana, Sanema y Hoti dependen directamente para su supervivencia
de los recursos naturales (agua, plantas, fauna) que ella posee utilizando
el 70% de la plantas de la región.
CONSIDERANDO que las poblaciones no indígenas (criollas) del bajo
Caura y otras poblaciones indígenas recién migradas a la zona (Hiwi,
Piapoco y Pemón) beben el agua del Caura y dependen de los recursos
naturales (caza y pesca) para su alimentación y sustento.
CONSIDERANDO que la minería es una actividad altamente depredadora,
que promueve la violencia contra el ambiente y entre las personas,
que genera desarraigo, desapego a la convivencia, ilegalidad e injusticias.
CONSIDERANDO que la minería dispersa en grandes áreas mercurio elemental
el cual posteriormente se transforma en compuestos tóxicos como el
metilmercurio; destruye los suelos; aumenta la carga sedimentaria
(minería de oro aluvional) en los ríos con la consecuente alteración
de su dinámica hidráulica y de los hábitat y biota ribereña existente;
deforesta el bosque ribereño con la consecuente desaparición y extinción
local de las especies; contamina los peces con mercurio y por ende
a las poblaciones humanas que los consumen; disminuye el recurso pesquero
que es la principal fuente de sustento de las poblaciones del área;
sobreexplota los recursos naturales por el aumento súbito de la población
en la región; promueve un aumento de la incidencia y prevalencia de
enfermedades emergentes y endémicas además de las enfermedades producidas
por la contaminación mercurial como hidrargirismo y el Mal de Minamata.
CONSIDERANDO que esta primera incursión masiva e ilegal de minería
no tiene precedentes de explotación tradicional minera en la cuenca
del Caura.
CONSIDERANDO que sobre la cuenca del Caura recaen cinco figuras de
protección del ambiente, consideradas áreas bajo régimen de administración
especial (ABRAE).
CONSIDERANDO que las poblaciones criollas del bajo Caura desarrollaron
en el pasado actividades económicas sustentables exitosas basadas
en el aprovechamiento de recursos no maderables (extracción de sarrapia).
CONSIDERANDO que la
Organización Indígenade la Cuenca del Caura “Kuyujani” en convenio
con la Universidad Nacional Experimental de Guayana ha venido realizando
durante ya casi una década proyectos conjuntos para la demarcación
de hábitat, planes de manejo y capacitación en materia socio-ambiental.
CONSIDERANDO que la Cuenca del Río Caura ha enfrentado recientemente una
invasión en el área protegida de mineros ilegales, entre Brasileños,
Colombianos, Guyaneses y Venezolanos, y
CONSIDERANDO que los investigadores de los Centros de Investigaciones
Ecológicas y Antropológicas de la Universidad NacionalExperimental
de Guayana (UNEG) de la Universidad de Oriente – Núcleo Bolívar, de
la Universidad Experimental Politécnica Antonio José de Sucre (UNEXPO)-Guayana
y de la Fundación La Salle de Ciencias Naturales-Guayana y Caracas
han planteado repetidamente su preocupación por todas aquellas actividades
que deterioren de manera irreversible las áreas naturales de la cuenca;
y porque no existen medidas de descontaminación y reconstrucción de
hábitat económicamente viables; y apoyo tanto a los pueblos Ye’kwana,
Sanema y Hoti, cuya integridad cultural y socioambiental se ve gravemente
amenazada por la actividad minera, para que continúen siendo garantes
de la responsabilidad ambiental y el desarrollo sustentable en la
Cuenca del alto Caura, así como a todos aquellos ciudadanos venezolanos,
habitantes de toda la Cuenca y que promueven en ella el desarrollo
ecológicamente responsable, socialmente pertinente y económicamente
eficiente.
por consiguiente, la Asociación de Biología y ConservaciónTropical
ATBC declara
- SOLICITAR al Gobierno de Venezuela a tomar medidas inmediatas para sostener
el estado legal de estas Áreas Naturales vitales y el respeto
de los derechos humanos de todos los actores de la cuenca; y
- SOLICITAR al Gobierno de Venezuela que cesen las amenazas de
muerte y intimidación contra indígenas y ambientalistas por parte
de un sector violento de los mineros; y
- RECOMENDAR al Gobierno de Venezuela que declare la protección
absoluta de la cuenca del Caura;
- y
SOLICITARal Gobierno de Venezuela el reconocimiento oficial de los
derechos indígenas de Cuenca del Río Caura sobre sus hábitat a fin
de reforzar su rol en la conservación y enriquecimiento del ambiente
que existente desde hace mucho tiempo;
y
- RECOMENDAR al Gobierno de Venezuela el desarrollo de proyectos,
de dimensiones razonables y económicamente sostenibles, para asistir
a las comunidades indígenas con el apoyo de los ONG’s, institutos
de investigación y universidades; y
- SOLICITARal Gobierno
de Venezuela el resguardo y vigilancia de la cuenca a fin de garantizar
su conservación y proteccion contra mineria de oro ilegal
incontrolado a beneficio de las comunidades locales, nacionales,
regionales, y globales.
Para contacto de información adicional:
Dr. Judith Rosales Ecóloga (Ecología y Etnobotánica de bosques ribereños) Universidad Nacional Experimental de Guayana Venezuela
jrosales@uneg.edu.ve
Dr. David Hammond
NWFS Consultancy
Portland, Oregon,
USA
Phone: +1 (503) 348-9135 and +1 (503) 690-8048
Email: dhammond@nwfs.biz
Dr. William Laurance President of the Association for Tropical Biology and Conservation Smithsonian Tropical Research Institute Balboa, Panama
Email: laurancew@si.edu
Phone: +507-314-9206 and +507-212-8252
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