FPP repudia los hechos de violencia sexual contra niñas indígenas por parte de agentes del Estado y rechaza toda forma de impunidad

Carta abierta a las autoridades colombianas
Señores y Señoras:
Consejo Superior de la Judicatura-Secretaría
Francisco Barbosa, Fiscal General de la Nación
Fernando Aguirre, Director de Asuntos Indígenas del Ministerio del Interior
John Henry Arango Alzate, Dirección de DDHH y DIH del Ministerio de Defensa
En la última semana se tuvo noticia de seis casos de violencia sexual contra niñas indígenas por parte de miembros del Ejército colombiano. El 22 de junio de 2020 la autoridad indígena Embera-Katio del resguardo Gito Dokabú denunció públicamente los hechos que podrían constituir secuestro, violación y abandono de una niña de 11 años perteneciente al resguardo. Crimen en el que habrían participado al menos siete soldados del Batallón San Mateo del Ejército en el departamento de Risaralda.
Solo una semana después, los medios de comunicación publicaron una investigación sobre el caso de una niña indígena de la etnia nukak que el pasado mes de septiembre de 2019 en el departamento del Guaviare fue secuestrada por cuatro días dentro de una base militar, tiempo durante el cual fue violada por al menos dos soldados y privada de alimentos y bebida. Este hecho salió a la luz pública el lunes 30 de junio, pero era conocido por las autoridades desde hace más de nueve meses, tiempo en el cual los responsables no han sido sancionados por los hechos, y continúan en las filas del Ejército. La Defensoría del Pueblo documentó otros cuatro casos de violencia basada en género contra otras niñas nukak por parte de miembros de las Fuerzas Militares.
Estos no son casos aislados. El comunicado de la Organización Nacional Indígena de Colombia por el caso más reciente recuerda que la Corte Constitucional desde 2008 reconoció que “la violencia sexual contra las mujeres es una práctica habitual, extendida, sistemática e invisible en el contexto del conflicto armado colombiano, así como lo son la explotación y el abuso sexual, por parte de todos los grupos armados ilegales enfrentados y, en algunos casos, por parte de agentes individuales de la Fuerza Pública”. El Observatorio de Derechos de los Pueblos Indígenas de la ONIC ha registrado entre 1996 y 2016, 164 casos de violencia sexual contra personas indígenas por parte de actores armados, de los cuales 50 son atribuidos a miembros de las Fuerzas Militares. En la rueda de prensa del 1 de julio de 2019 el comandante de las Fuerzas Militares reconoció que desde 2016 han investigado a 118 integrantes de la fuerza pública por presuntos actos sexuales abusivos y violentos solo en casos contra menores de edad. La Fiscalía por su parte indicó que tenía en etapa de juicio cuarenta casos de violencia sexual contra menores indígenas y nueve más en etapas de investigación. Si bien las cifras son alarmantes, es claro que se registra una parte mínima de los casos por lo que este fenómeno es mucho más grave, estructural y frecuente de lo que indican las estadísticas. Como señaló la Corte Constitucional es una práctica invisible, lo que se traduce en un subregistro, entre otras razones debido a las condiciones de vulnerabilidad de las víctimas, a la discriminación histórica contra las niñas y mujeres indígenas que se traduce en discursos públicos que las revictimizan cuando se atreven a denunciar, y a la desconfianza en una atención oportuna y adecuada por parte de las autoridades del Estado.
Los recientes casos de las niñas indígenas son una muestra de esa atención deficiente de las autoridades del Estado en los casos de violencia sexual no solo en lo relacionado con la prevención de los delitos, sino también respecto de su obligación de otorgar una protección y reparación integral a las víctimas y a sus familias. En efecto, las autoridades colombianas parecen no tener en consideración su cultura, edad y género al momento de adecuar los procedimientos de atención y recolección de evidencia. Así lo muestra el hecho de que una de las víctimas del Guaviare, que no habla español, fue sometida a repetir su declaración varias veces, en frente de hombres e incluso la llevaron al batallón donde fue violentada para que hiciera una reconstrucción de los hechos. A pesar de esta revictimización al denunciar, nueve meses después aun no existen sanciones contra los responsables.
La niña embera fue entregada inicialmente a un hogar del Instituto Colombiano del Bienestar Familiar, privándola de la posibilidad de afrontar con su familia, su comunidad y los médicos tradicionales esta difícil situación de acuerdo con su cosmogonía. Solo por la presión de la comunidad y de las organizaciones indígenas fue entregada unos días después a su familia.
Fue también la presión de su familia, las autoridades y la guardia indígena la que permitió sacar a los responsables de la guarnición militar y judicializarlos. Sin embargo, luego de la captura la Fiscalía decidió imputar cargos por un tipo penal que no necesariamente reconoce el carácter violento de la conducta (acceso carnal abusivo de persona menor de 14 años), y cuya diferenciación tiene como elemento determinante el supuesto consentimiento de la víctima, lo que implica beneficios en la magnitud de la pena en comparación con el tipo de acceso carnal violento agravado por ser la víctima menor de edad. La imputación tampoco hace referencia a otros posibles delitos que pudieron configurarse por los tratos crueles y la retención ilegal de la víctima. El juez decidió además dejar en libertad a los investigados a pesar de la gravedad de los hechos.
Además de la deficiente atención de las autoridades colombianas, no se ha entregado a los responsables para que sean juzgados por la jurisdicción especial indígena a pesar del llamado de la ONIC.
Pero la revictimización no solo se da por acciones de las autoridades judiciales. Organizaciones de la sociedad civil han denunciado que miembros del Ejército toman fotos y videos de las personas que han decidido hacer plantones y marchas en frente de los Batallones, intimidando a los manifestantes que ejercen su derecho a la protesta pacífica. Al mismo tiempo, parlamentarias del partido de gobierno (Centro Democrático) y periodistas han hecho eco a los discursos racistas y misóginos que cuestionen de nuevo a las víctimas en lugar de a los victimarios e intentan evadir la responsabilidad de las Fuerzas Militares, presentando estos casos como aislados. Estos discursos evidencian y refuerzan los estereotipos discriminatorios que hay sobre las mujeres indígenas que constituyen el primer eslabón de la violencia que muchas veces termina con las violaciones y los feminicidios.
Entretanto, se invisibilizan las discusiones de fondo. Poco se habla sobre las causas subyacentes ligadas con la doctrina militar vigente y el racismo estructural que permiten que este tipo de hechos sucedan y queden en la impunidad. La abogada de mujeres arhuacas víctimas de violencia sexual Dunen Kaneyba recuerda que “Esto también está cruzado por la idea de que la mujer indígena es fácil, es cualquiera, es “bruta” y en esa medida quieren utilizar sus cuerpos. Esto es algo que el conflicto reforzó, pero que tiene que ver con la colonización”. La impunidad de estos hechos refuerza entre los victimarios la certeza de que pueden violentar los cuerpos de las mujeres indígenas sin ninguna consecuencia. Son enormes los impactos que tiene en una comunidad indígena la violación de las mujeres y niñas como una práctica reiterada que se deriva de la presencia de bases o campamentos militares en su territorio, quienes actúan perpetuando impunemente el uso de la violencia sexual como expresión de discriminación colonial anclada en los cuerpos castrenses. ¿Cómo afecta a la comunidad indígena en su conjunto la violación de una o varias de las niñas? ¿qué pasa en los lazos y las relaciones de una comunidad cuando varias de sus mujeres y niñas son violadas por actores armados? ¿cómo pueden las niñas y las mujeres indígenas transitar tranquilamente por su territorio y ejercer sus prácticas culturales cuando existe una constante amenaza de ser secuestradas, violadas y posteriormente abandonadas a su suerte por miembros de las fuerzas militares? ¿Qué impactos tiene en el ejercicio de la autonomía indígena la presencia de las bases militares en los territorios?
El Forest Peoples Programme condena todos los hechos de violencia sexual contra las personas que integran comunidades indígenas, especialmente contra las niñas, hace un llamado para que:
- Los Estados y la comunidad internacional condenen este tipo de hechos y evalúen los apoyos que recibe de la cooperación internacional el Ejército colombiano, aun cuando se mantiene una doctrina militar que permite el carácter generalizado de graves e impunes violaciones de DDHH incluidas abusos sexuales.
- La autoridad judicial colombiana dirima el conflicto de competencias en atención a la solicitud de la ONIC para que los responsables sean entregados a la jurisdicción especial indígena, y en ningún caso sean juzgados por la justicia penal militar, enfatizando que se rechace cualquier forma de impunidad, en cumplimiento de las obligaciones estatales de sancionar proporcional y oportunamente a todas las personas responsables en delitos de esta magnitud.
- Se adopten medidas para atacar las causas subyacentes de este tipo de violencia que incluyan:
- La prohibición y la sanción social de discursos racistas y misóginos que intenten culpabilizar a las víctimas y no a los victimarios de violencia sexual.
- La necesaria revisión de la doctrina militar vigente, con miras a adoptar una distinta que incluya medidas de prevención y protección para evitar y sancionar casos de violencia basada en género, con especial énfasis en la protección de las mujeres y niñas indígenas.
- La investigación y sanción de todos los casos denunciados.
- La identificación de responsabilidades institucionales en los casos investigados.
- La reparación de los daños causados a las víctimas, a sus familias y a las comunidades indígenas a las que pertenecen.
- Las autoridades colombianas avancen en protocolos de atención interculturales con enfoque diferencial etario, étnico y de género para estos casos.
Cordialmente,
James Whitehead
Director
Forest Peoples Programme
CC
- Relator Especial de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas
- Relatora Especial de las Naciones Unidas sobre la violencia contra la mujer
- Relatora especial de las Naciones Unidas sobre el racismo
- Comité para la eliminación de la Discriminación contra la Mujer de la ONU (ONU-CEDAW)
- Comité para la eliminación de todas las formas de discriminación racial de la ONU (ONU-CERD)
- Comité sobre los derechos del niño/a de la del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos
- Grupo de Trabajo sobre la discriminación contra las mujeres y niñas del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos
- ONU Mujeres Ginebra
- Comisión Interamericana de Derechos Humanos
Información General
- Tipo de recurso:
- Noticias
- Fecha de publicación:
- 9 julio 2020
- Región:
- Colombia
- Programas:
- Acceso a la justicia Cadenas de suministro y comercio