Consentimiento Libre, Previo e Informado (CLPI)
“El consentimiento libre, previo e informado es lo que exigimos como parte de la libre determinación y la no discriminación a los gobiernos, las multinacionales y el sector privado". Declaración del Presidente del Cónclave Indígena Global, Les Malezer, 13 de septiembre de 2007, sobre la adopción de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas.
El principio jurídico del consentimiento libre, previo e informado (CLPI) proporciona el marco culturalmente apropiado y basado en derechos dentro del cual los pueblos indígenas pueden ejercer su derecho a otorgar o denegar su consentimiento a actividades que puedan afectar sus tierras, territorios y recursos. El cumplimiento del CLPI implica que quienes deseen implementar proyectos que utilicen estas tierras y recursos, ya sean gobiernos, inversores privados u otros, deben consultar a los pueblos afectados a través de sus instituciones representativas, negociar con ellos de buena fe y respetar sus procesos de toma de decisiones y sus decisiones de otorgar o denegar el consentimiento, sobre la base de una comprensión completa y precisa de los posibles impactos sobre sus derechos colectivos.
El CLPI es posiblemente la salvaguardia más importante en virtud del derecho internacional, ya que garantiza la toma de decisiones libremente determinada en el contexto de la regulación de actividades iniciadas externamente. El derecho a otorgar o denegar el CLPI también aplica a los pueblos que no se identifican como indígenas, pero que tienen una fuerte conexión cultural y física con las tierras, territorios y recursos bajo tenencia consuetudinaria colectiva, y dependen de ellos. El CLPI también está presente en las leyes nacionales de algunos países. Un número creciente de pueblos indígenas y pueblos de los bosques está articulando cómo se debe buscar su CLPI y cómo se deben tomar decisiones por consenso de conformidad con sus leyes consuetudinarias, mediante el desarrollo de sus propios protocolos y leyes consuetudinarias. El FPP apoya a los pueblos indígenas y pueblos de los bosques para exigir el respeto de su derecho al CLPI, para desarrollar sus propios protocolos y leyes de CLPI, para insistir en su implementación y para solicitar reparación por parte de los actores estatales y corporativos, cuando han actuado sin la obtención del CLPI.