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Poder Judicial declara inconstitucional la falta de una política nacional para titular territorios de comunidades nativas en Perú

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Poder Judicial declara inconstitucional la falta de una política nacional para titular territorios de comunidades nativas en Perú

Este artículo se publicó por primera vez en idl.org

Lima, 15 de octubre de 2025 - En una decisión judicial sin precedentes, la justicia peruana ha declarado que la omisión del Estado de aprobar y ejecutar una política pública nacional para la titulación de los territorios de las comunidades nativas es una «situación de hecho inconstitucional». Este es el primer fallo de su tipo y representa un hito en la lucha por la seguridad jurídica de los pueblos indígenas, reconociendo que la inacción estatal constituye una violación sistemática de sus derechos.

La sentencia, emitida por el Cuarto Juzgado Constitucional de Lima, responde a la demanda de amparo presentada por la Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana (AIDESEP), la Coordinadora de Desarrollo y Defensa de los Pueblos Indígenas de San Martín (CODEPISAM), el Consejo Étnico de los Pueblos Kichwa de la Amazonía (CEPKA) y la Federación de Pueblos Kichwa de Chazuta (FEPIKECHA).

La jueza Guillermina Tello Diaz argumenta en su resolución que la falta de titulación es una herida abierta en la Amazonía. Al no contar con títulos de propiedad, las comunidades quedan en un estado de indefensión que abre la puerta a invasiones de colonos, taladores ilegales, narcotraficantes y otras economías ilícitas. De ese modo, la sentencia reconoce que esta inseguridad territorial es una de las causas estructurales de la violencia que sufren los pueblos indígenas y del asesinato de sus líderes y defensores.

Cabe recordar que, en este caso, las entidades demandadas fueron la Presidencia del Consejo de Ministros; los Ministerios de Economía y Finanzas, de Desarrollo Agricultura y Riego, y de Cultura; y los Gobiernos Regionales de San Martín, Loreto, Amazonas y Madre de Dios.

En el fallo, el juzgado subraya que, aunque la obligación del Estado de titular tierras comunales existe en la ley desde hace casi 50 años, en la práctica esta no se cumple por la falta de una política clara, financiada y decidida. En ese sentido, la decisión judicial califica de «alarmante» la cifra de más de 600 comunidades nativas que aún esperan por sus títulos, una brecha que, según el fallo, impide la prevención de conflictos sociales y vulnera el derecho a la propiedad colectiva.

La resolución también emite una orden de protección clave para los Pueblos Indígenas en Aislamiento y Contacto Inicial (PIACI). Basándose en la Ley Forestal y de Fauna Silvestre (Ley 29763) y sus reglamentos, el juzgado reafirma que el Estado está prohibido de otorgar concesiones o cualquier otro título habilitante en territorios de PIACI o en áreas que estén en trámite para convertirse en reservas indígenas. Con esto, se busca blindar los últimos refugios de los pueblos más vulnerables de la Amazonía.

Con base en ello, la sentencia ordena a los gobiernos regionales amazónicos que, «en ningún caso, deben otorgar títulos habilitantes forestales y de fauna silvestre en reservas territoriales o en áreas en trámite para el establecimiento de reservas indígenas» destinadas a los PIACI.

En suma, esta sentencia significa un paso crucial para la defensa de los derechos territoriales en el Perú. Al declarar inconstitucional la inacción del Estado, el Poder Judicial reconoce una deuda histórica, pero también amplifica la voz de organizaciones indígenas que luchan desde hace décadas para proteger sus territorios.

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