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Lento avance hacia Copenhague : Los gobiernos son instados a apoyar los derechos de los pueblos indígenas en las políticas de REDD y de cambio climático

Las Partes en la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC) se reunieron en Bonn en junio y adoptaron un texto de negociación para el 15.º período de sesiones de la Conferencia de las Partes (CP 15). El borrador del texto contiene varias referencias a los pueblos indígenas, a la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas (UNDRIP) y al consentimiento libre, previo e informado (CLPI). El órgano subsidiario, el OSACT, finalizó un proyecto de decisión sobre la reducción de las emisiones derivadas de la deforestación y la degradación de los bosques (REDD) en el que pedía la participación de los pueblos indígenas en la supervisión, verificación y elaboración de informes, pero no llega a reconocer la relevancia de los derechos de dichos pueblos.  

Las Partes en la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC) se reunieron en Bonn en junio y elaboraron un borrador del documento de negociación de 199 páginas para la CP 15 de Copenhague (de momento sólo disponible en inglés) que algunos observadores han descrito como "un trozo de mármol en bruto" que hay que tallar y cincelar.

Un trozo de mármol bruto puede tener algunas vetas buenas. De hecho, el texto de negociación contiene interesantes referencias a los pueblos indígenas que se pueden enriquecer teniendo en cuenta las recomendaciones del Foro Internacional de Pueblos Indígenas sobre Cambio Climático (IIPFCCC). Dichas recomendaciones van más allá del enfoque exclusivo en la REDD, y están basadas en la letra y el espíritu de la Declaración de Anchorage sobre los pueblos indígenas y el cambio climático.

De hecho, el borrador del documento de negociación menciona los pueblos indígenas haciendo referencia tanto a su vulnerabilidad al cambio climático, reconociendo el papel de los conocimientos tradicionales en la adaptación y la mitigación, como a la necesidad de asegurar que las acciones relacionadas con el clima cumplan las obligaciones y convenios internacionales sobre derechos humanos, como las obligaciones contenidas en la UNDRIP. Un avance notable con respecto al borrador original sobre la REDD+ ha sido la mención entre paréntesis de una referencia al consentimiento libre, previo e informado (CLPI). No obstante, la referencia a la UNDRIP corre el riesgo de ser ensombrecida por el enunciado propuesto, que da gran relevancia a la legislación nacional existente.

Gran parte del debate del Grupo de Trabajo Especial sobre la Cooperación a Largo Plazo (GTE-CLP) estuvo dominado por una confrontación entre países en desarrollo y países industrializados sobre la relevancia de la reducción de los compromisos incluidos en el Protocolo de Kyoto, y sobre la asignación justa de compromisos asociados con la deuda histórica acumulada por los países industrializados.

Durante el período paralelo de sesiones del Órgano Subsidiario de Asesoramiento Científico y Tecnológico (OSACT 30), entre otros temas se debatieron las implicaciones metodológicas de la REDD.

El FPP, así como muchas otras organizaciones que asistieron en calidad de observadoras, había presentado un documento articulado sobre los derechos de los pueblos indígenas y la REDD.

Debido a que la Presidencia del OSACT argumentó que los derechos no entraban dentro de su competencia, gran parte del debate se limitó a la supervisión, la presentación de informes y la verificación. Algunos participantes señalaron la necesidad de asegurar que se tengan en cuenta los pueblos indígenas y los conocimientos tradicionales en la supervisión de las reservas de carbono y en el establecimiento de bases históricas de referencia.

El resultado final del debate del OSACT es un proyecto de decisión sobre la REDD que hace referencia a la necesidad de que los pueblos indígenas participen en la supervisión, la elaboración de informes y la verificación, y que invita a seguir trabajando para desarrollar metodologías. La relevancia de esta decisión dependerá del acuerdo final sobre cuestiones más "políticas", como los derechos de los pueblos indígenas y su pertinencia para la REDD.

El Forest Peoples Programme continuará supervisando las negociaciones al nivel de la CMNUCC, prestando apoyo a las acciones de defensa de los pueblos indígenas y pidiendo con insistencia un compromiso más fuerte de las partes para asegurar que el acuerdo de Copenhague esté firmemente basado en los derechos humanos y los de los pueblos indígenas, y que asimismo reconozca el papel que dichos pueblos juegan en la administración del medio ambiente y su contribución única a la justicia climática.

Overview

Resource Type:
News
Publication date:
1 August 2009
Programmes:
Climate and forest policy and finance Law and Policy Reform Legal Empowerment

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