Una organización nacional indígena de Perú insiste en que el programa de titulación de tierras del BID en la Amazonía debe ser suspendido para evitar infringir el derecho internacional
*ACTUALIZACION: desde la escritura original de este artículo se han logrado avances en el tratamiento de las deficiencias del programa de titulación de tierras PTRT3 del BID en la Amazonía peruana. Como resultado de los esfuerzos continuos de la AIDESEP, se ha llegado a un acuerdo entre las organizaciones indígenas del Perú, el Ministerio de Agricultura y el Banco Interamericano de Desarrollo, en presencia del Mecanismo Independiente de Consulta e Investigación (MICI). El día 22 de junio se llegó a un acuerdo que cuenta con compromisos para dar prioridad a la titulación de tierras de las comunidades indígenas antes de otorgar títulos a los agricultores migrantes, y la promesa de titular por lo menos 403 comunidades indígenas de la Amazonía, incluso aquellas cuyas tierras están sujetas a situaciones de conflicto. Además, el proyecto se ha comprometido a iniciar un estudio para investigar el crecimiento de las prácticas de tráfico de tierras en la Amazonía peruana.
AIDESEP, la organización nacional de pueblos indígenas amazónicos de Perú, está instando a los directores ejecutivos y el Presidente del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) a suspender el programa de concesión de títulos de propiedad de la tierra PTRT3 en la Amazonía peruana.
En una carta dirigida al presidente y los directores ejecutivos del BID en mayo de 2016, AIDESEP pidió que se suspenda el proyecto PTRT3, un programa de concesión de títulos de propiedad de la tierra financiado con 80 millones de dólares estadounidenses, hasta que se defina la solución a su queja formal. AIDESEP dijo que si no se corrige el diseño del proyecto existe un gran riesgo de que el programa menoscabe los derechos a la tierra de los pueblos indígenas y los procedimientos operativos del BID.
Varios representantes de AIDESEP viajaron a Washington DC del 1 al 6 de junio de 2016 para tratar directamente con el personal del Banco y sus directores ejecutivos y explicar con más detalle lo que les preocupa. Esta visita era la última de una serie de iniciativas de AIDESEP para colaborar de manera constructiva tanto con el BID como con el Gobierno peruano desde que los planes para el proyecto salieran a la luz en 2014. A pesar de varias cartas y reuniones con representantes del Banco y el Gobierno peruano, AIDESEP dice que su principal preocupación sigue sin ser atendida. Dice que el proyecto supone un grave riesgo para aproximadamente 20 millones hectáreas de tierras indígenas sin título de propiedad, entre ellas tierras que tienen pendientes reclamaciones de derechos territoriales presentadas por más de 1200 comunidades. AIDESEP señala que, en lugar de dar prioridad al reconocimiento de los derechos territoriales de los pueblos indígenas, el proyecto se centra en asegurar los derechos territoriales individuales de más de 700 000 agricultores individuales propietarios de la tierra, sin salvaguardias que impidan que haya solapamientos con tierras indígenas sin títulos de propiedad.
En una queja formal al Mecanismo Independiente de Consulta e Investigación (MICI) del propio BID, presentada en agosto de 2015, AIDESEP explicó cómo eso constituía una violación de los procedimientos operativos del propio BID, incluida su obligación de respetar las normas internacionales 1. Según dichos procedimientos operativos, antes de tomar medidas que puedan afectar a los derechos territoriales de los pueblos indígenas, los Estados deben asegurarse de que sus tierras tengan títulos de propiedad.
En este sentido, AIDESEP citó la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), que había establecido claramente que los Estados tienen la obligación de atender las reclamaciones de tierras de los pueblos indígenas y tribales delimitando y demarcando el territorio tradicional del pueblo así como concediéndole títulos de propiedad del mismo antes de autorizar nuevos planes de inversión o desarrollo de los recursos naturales que puedan afectar a su territorio. Asimismo, la Corte IDH ha establecido que los Estados están obligados a abstenerse de todo acto que pueda afectar a los territorios indígenas hasta que se emitan títulos de propiedad 2.
Aunque AIDESEP no cuestiona los derechos de estos agricultores a asegurar sus derechos a la tierra, señala que los conflictos sociales, la deforestación y el tráfico de tierras que afligen a la Amazonía peruana se deben principalmente a que el Gobierno de Perú sigue sin asegurar la protección jurídica de los derechos territoriales de más de 1200 comunidades indígenas cuyas tierras tradicionales siguen desprotegidas y vulnerables a la invasión y la expropiación.
En la carta dirigida al presidente del Banco Luis Moreno, el presidente de AIDESEP Henderson Rengifo dijo: “Exigimos que hoy se paralice totalmente [..] hasta que se defina la solución a nuestra queja y se llegue a un consenso para dejar de violar las OP 703 y 765; y después de tener garantías claras, seguir adelante. Tal como está el PTRT3 va a entraparse en conflictos de invasiones [..].”
El BID y sus contrapartes del Gobierno peruano dieron el visto bueno al proyecto en febrero de 2015 a pesar de las preocupaciones de AIDESEP y ya está en marcha. Finalmente, tras numerosas promesas incumplidas de tener en cuenta estas preocupaciones, AIDESEP presentó una queja formal al MICI.
La queja está pasando ahora a la fase de consulta, durante la que el MICI facilitará el diálogo entre las partes para evaluar si se puede llegar a un acuerdo. El 2 de mayo de 2016 el MICI publicó su evaluación de la viabilidad del proceso de consulta.
La respuesta de AIDESEP destaca que “[si] continúa [la] falta de voluntad política del MINAGRI, MEF [y] BID para corregir sus evidentes errores de diseño del PTRT3, serán los responsables del fracaso de la ‘consulta’ y que se pase a la etapa de ‘investigación.’” sobre nuestra queja, donde debe paralizarse el PTRT3 para comprobar y sancionar los errores de diseño señalados”.
Por Conrad Feather, Forest Peoples Programme
- AIDESEP está invocando la OP765 de salvaguardias para los pueblos indígenas del BID, que prohíbe explícitamente el “financiamiento de cualquier operación que no cumpla con ‘las normas de derechos aplicables’ y las salvaguardias articuladas en la Política”. Las normas aplicables son la “legislación nacional”, las “normas internacionales” (como la jurisprudencia del sistema interamericano y los tratados internacionales) y los “sistemas jurídicos indígenas”.
- Corte IDH. Caso del Pueblo Saramaka vs. Surinam - Sentencia del 28 de noviembre de 2007 - (Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas). 28 de noviembre de 2007. Serie C n.º 172, párr. 194 a): “Hasta tanto no se lleve a cabo dicha delimitación, demarcación u otorgamiento de título colectivo respecto del territorio Saramaka, Surinam debe abstenerse de realizar actos que podrían dar lugar a que agentes del propio Estado o terceros, actuando con consentimiento o tolerancia del Estado, puedan afectar la existencia, valor, uso o goce del territorio al cual tienen derecho los integrantes del pueblo Saramaka, a menos que el Estado obtenga el consentimiento previo, libre e informado de dicho pueblo”.
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- Resource Type:
- News
- Publication date:
- 26 July 2016